El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este jueves una nueva Orden de la Consejería de Sanidad por la cual acuerda medidas especiales en materia de salud pública. Se centra en el control del cumplimiento de las obligaciones de aislamiento o cuarentena para la contención de la expansión del COVID-19, con posibilidad de recurrir a agentes de la Policía con este fin. Precisamente, lo publicado en el DOCM insiste, y mucho, en la legalidad de la cesión de datos que esa colaboración implica.
El propio de presidente de Castilla-La Mancha se ha librado por poco de ser uno de los primeros habitantes de la región en probar esta nueva normativa. En la mañana del miércoles no pudo cumplimentar a la Reina Doña Sofía, de visita en Toledo, al conocerse el positivo de un familiar de uno de los asesores de García-Page. Según han confirmado este jueves fuentes de Presidencia a LA CRÓNICA, los análisis realizados han resultado negativos por lo que no habrá confinamiento presidencial.
Obligados a cumplir el aislamiento
De acuerdo con las resoluciones adoptadas por la autoridad sanitaria o de las actuaciones materiales que realicen los servicios sanitarios para la contención de los brotes epidémicos de la pandemia de COVID-19, las personas afectadas podrán quedar obligadas al cumplimiento de aislamiento.
Esto implica la obligación de que una persona contagiada deba permanecer en el lugar que se le indique, durante el plazo establecido en cada caso, sin posibilidad de desplazarse ni de relacionarse con otras personas. También afecta al cumplimiento de cuarentena, por lo que una persona o grupo de personas sospechosas deberá permanecer en el lugar que se le indique sin posibilidad de desplazarse ni de relacionarse con otras personas.
La duración del aislamiento o cuarentena vendrá determinada por la situación concreta de cada caso según las indicaciones de la autoridad sanitaria o los servicios sanitarios en aplicación de los procedimientos y protocolos vigentes.
Esta obligación de confinamiento, en la modalidad que proceda, se comunicará materialmente, de forma verbal, por medios telemáticos o telefónicos, a la persona o personas afectadas por la autoridad o los servicios afectados y surtirá efecto de inmediato. «La obligación de confinamiento se cumplirá, preferentemente, instando la colaboración voluntaria de las personas obligadas», puntualiza bienintencionadamente la Orden de Sanidad.
«Imposición coactiva»
En los casos de ausencia de dicha colaboración en el cumplimiento de los deberes podrá requerirse la adopción de resoluciones, individuales o colectivas, de imposición coactiva que, en caso de que puedan suponer restricción de derechos fundamentales, se comunicarán también al Gabinete Jurídico para que solicite la ratificación ante el órgano judicial competente.
Llegado el caso, la Consejería de Sanidad dará traslado de esta orden a la Delegación del Gobierno y a todos los ayuntamientos de Castilla-La Mancha, a efectos de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y de la policía local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
La Consejería de Sanidad tendrá que dar traslado en todo caso de esta orden a la jurisdicción contencioso-administrativa a efectos de solicitar la ratificación judicial prevista en la legislación. Esta norma entra en vigor este mismo jueves.
Se han generado «nuevas cadenas de transmisión»
Como justificación, argumenta el texto de la Orden que a pesar de las medidas implantadas para el control de la transmisión, la movilidad de la población y el contacto entre personas de diferentes grupos de convivencia estable han generado nuevas cadenas de transmisión, lo que obliga a establecer también otras medidas adicionales de actuación, por razón de salud pública, relacionadas con el control del cumplimiento de las obligaciones de aislamiento o cuarentena que se establezcan.
Se considera «esencial» intensificar la colaboración entre la autoridad sanitaria y otras autoridades con objeto de verificar el cumplimiento de la obligación y, en su caso, la comunicación a la autoridad judicial competente de las resoluciones precisas para imponer el cumplimiento cuando los ciudadanos se nieguen a cumplir el aislamiento o cuarentena voluntariamente.