El Gobierno lo presentó como un necesario «escudo social» ante los efectos de la pandemia. De hecho, fue una de las primeras medidas que adoptó, allá por el lejano mes de marzo, en forma de moratoria para el pago de hipotecas y del alquiler. También se decretó la prohibición de cortes de suministros a los consumidores «vulnerables» y una mayor flexibilidad del ‘bono social’. Todo eso termina el miércoles, mientras que la prohibición de los desahucios sin alternativa habitacional concluye el viernes.
El Ejecutivo dio luz verde al llamado ‘escudo social’ en marzo con varios decretos en los que recogía medidas sanitarias, económicas y sociales para hacer frene a la crisis del Covid-19 y las consecuencias del confinamiento derivado del Estado de alarma decretado.
Sin embargo, en julio aprobó tres paquetes de medidas para prorrogar hasta finales de septiembre la protección del ‘escudo social’ para aliviar las cargas financieras de la hipoteca, del alquiler y los suministros básicos hasta el 30 de septiembre.
Otros tres meses más, si se pide a tiempo
Concretamente, la moratoria hipotecaria sobre la vivienda habitual se puede solicitar hasta este martes, 29 de septiembre, y tendrá una duración de tres meses.
La moratoria legal (la que otorga el Gobierno) y la convencional (la que otorga el sector financiero) se pueden conceder simultáneamente, por lo que los hogares que soliciten ambas serán beneficiarios de una moratoria legal de 3 meses (sin devengo de intereses), seguida de una moratoria convencional de 9 meses (con devengo de intereses).
Asimismo, la moratoria sobre créditos al consumo también se puede solicitar hasta el 29 de septiembre y tendrá una duración de 3 meses. Al igual que para el caso de la moratoria hipotecaria, tanto la legal como la convencional se pueden conceder simultáneamente.
En cuanto a las medidas para proteger a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad, la prórroga de 6 meses de los contratos de arrendamientos sobre vivienda habitual se podrá solicitar igualmente hasta este miércoles, 30 de septiembre.
Moratoria de alquileres, según quien sea el arrendador
Hasta este miércoles se puede solicitar también la moratoria o el aplazamiento del pago de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, en caso de que el arrendador sea gran tenedor de vivienda, para aquellos hogares que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
Por su parte, la prohibición de los desahucios sin alternativa habitacional seguirá vigente hasta este viernes, 2 de octubre.
En cuanto a la prohibición de suspender el suministro de agua, energía eléctrica y gas en ningún domicilio que tenga la consideración de primera vivienda, también concluye este miércoles.
Esta prohibición, habilitada excepcionalmente durante el estado alarma, establece que no se pueden realizar cortes incluso aunque conste dicha posibilidad en los contratos de suministro o acceso suscritos por los consumidores.
La prohibición de cortes de agua, electricidad y gas natural, gases manufacturados y gases licuados de petróleo por canalización está dirigida exclusivamente a particulares y para los suministros adscritos a su vivienda habitual, cuestión que el consumidor podrá acreditar a través de cualquier medio documental que acredite fehacientemente esta circunstancia.
También se amplió hasta el 30 de septiembre el periodo de tiempo por el que no computará a efectos de los plazos comprendidos entre el requerimiento fehaciente de pago y la suspensión de suministro por impago. Por tanto, si el primer aviso de pago se ha producido desde el inicio del estado de alarma hasta el 30 de septiembre, los plazos que han de transcurrir hasta que el suministrador pueda cortar el suministro empezarán a contar desde el 1 de octubre.
Bono social
Otra medida que vence este miércoles es la prórroga automática de la vigencia del bono social eléctrico, un descuento directo en la factura dirigido a los consumidores vulnerables.
Una vez concedido, el bono social tiene una vigencia de dos años. A su término, es necesario volver a tramitar la prestación que se concede siempre que se cumplan los requisitos. Con motivo de la declaración del estado de alarma, y para evitar que los beneficiarios que necesitasen renovarlo dejasen de percibir los descuentos y beneficios previstos, el Real Decreto-ley 8/2020, prorrogó de forma automática todos los bonos que expiren hasta el 15 de septiembre de 2020.
Con el fin de homogeneizar la duración de las medidas del escudo social, el Gobierno amplió la prórroga quince días más, con una estimación de unos 70.000 usuarios beneficiados.