Un Real Decreto aprobado este martes por el Gobierno establece, entre otras cuestiones, el control de los viajeros entre provincias. Según se acaba de conocer, establece la obligación de que los operadores de transporte terrestre, cuyos servicios con asientos preasignados discurran por más de una provincia, conserven la información de contacto de los pasajeros durante un mínimo de cuatro semanas y su puesta a disposición cuando se requiera por las autoridades de salud pública. La finalidad, aseguran, es asegurar la trazabilidad de los contactos, en caso de que fuera necesario. Esta obligación se extiende también a los operadores de transporte aéreo.
Por lo demás, el texto fija las disposiciones necesarias para que los operadores de transporte puedan ir adaptando la oferta de transporte a la evolución de la recuperación de la demanda, «con objeto de asegurar una adecuada prestación del servicio, teniendo en cuenta siempre la atención a las medidas sanitarias que puedan acordarse para evitar el riesgo de contagio del COVID-19».