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26 noviembre 2024
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Piden diez años de prisión para el acusado de agredir sexualmente a una joven en Bargas y más de tres por robo

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El próximo miércoles, día 16 de septiembre, la sección primera de la Audiencia Provincial acogerá el juicio contra C.P.S., acusado de un delito de agresión sexual cometido contra una joven en Bargas (Toledo) en septiembre de 2018, por el que el Ministerio Fiscal pide una pena de diez años de prisión, y otros cinco de libertad vigilada, con posterioridad a la pena anterior. Además, solicita otros tres años seis meses por un delito de robo con intimidación cometido contra la misma víctima.

Según el escrito de acusación del Ministerio Público, recogido por Europa Press, los hechos ocurrieron el 19 de septiembre cuando el acusado contactó a través del chat de Instagram con la víctima, quien en dicha fecha contaba con dieciocho años de edad y desconocía la persona que se escondía bajo el apelativo que usaba en esa red social, y que un mes antes había llegado a proponerle la posibilidad de mantener un encuentro de carácter sexual que fue rechazado por la víctima.

Ella ignoraba que se trataba de una persona a la que conoció cuatro años atrás con motivo del fugaz noviazgo que mantuvo el procesado con una conocida suya, sin que ello supusiera el nacimiento entre ambos de una relación de carácter personal no habiendo mantenido contacto alguno una vez que el procesado finalizó la relación que propició que se conocieran.

No obstante, el 19 de septiembre el acusado volvió a insistir en mantener una cita personal con la víctima, manifestando que no le importaba desplazarse caminando hasta la urbanización en que la misma residía toda vez que tenía muchas ganas de verla en persona y de conocerla llegando a rogarle encarecidamente que accediera a quedar con él. La joven le pidió que le enviara una imagen para identificarlo, remitiéndole él varias imágenes de un joven cuyos datos de filiación se desconocen y que el proceso tenía en el teléfono móvil.

Finalmente, la víctima decidió acudir a la cita, que se produjo sobre las 2.00 horas en la parada de autobús de la calle Lobo de Bargas, desplazándose ambos hasta el parque de Las Lomas, donde estuvieron conversando y fumando hasta las 3.30 horas, cuando la joven le comunicó al acusado que debía marcharse a casa.

A la hora de despedirse, «guiado por el ánimo de satisfacer su deseo sexual» agarró a la joven, la llevó tras un camión y la tumbó en el suelo asegurándole que como no se dejase la iba a matar, «lo cual generó en la mujer un intenso temor que, unido a su menor complexión física, mermó considerablemente su capacidad de reacción efectiva frente a tal acometimiento más allá de suplicar al procesado, entre sollozos, que no le hiciera daño y que la dejara marchar».

Acto seguido, el procesado incorporó a la joven y llevándola asida por uno de sus brazos, la desplazó hasta un lugar muy próximo en el que se ubicaba un centro de transformación de energía eléctrica «para perpetrar el ataque sexual que había resuelto ejecutar», hecho que se produjo en varias ocasiones pese «a las reiteradas súplicas» de la joven para que cesara en su acometimiento.

Tras ello y pese a haber logrado su propósito libidinoso, no consintió que la joven se marchara sino que telefoneó, o al menos así lo aparentó ante ella, a un amigo «iniciando una conversación en la que pidió a su interlocutor que se desplazara hasta el lugar donde se hallaba provisto de cuerdas para continuar agrediendo» a la joven, lo que hizo que ella emprendiera la huida al tiempo que pedía auxilio siendo perseguida de inmediato por el procesado quien le dio alcance a los pocos metros y la trasladó nuevamente hasta un punto más oculto donde la volvió a tumbar en el suelo ejerciendo una vez más presión en su cuello.

Teniendo en cuenta que la joven no cesaba de implorarle que la dejara marchar «llegando incluso, con el fin de lograr su ansiado propósito, a comprometerse con no revelar a nadie lo que acababa de suceder y mostrando su disposición para volver a quedar con él», el proceso, en un momento dado le permitió que se marchara no sin antes arrebatarle su teléfono móvil, de la marca Xiaomi.

Al llegar a su casa y tras relatar lo sucedido a sus padres, la víctima se desplazó, acompañada de los mismos, hasta las dependencias de la Guardia Civil en Illescas donde interpuso la correspondiente denuncia.

El 21 de septiembre, el procesado envió un mensaje a la joven preguntándole si quería verse con él y, siguiendo las indicaciones dadas por el sargento de la Guardia Civil adscrito al equipo de Policía Judicial de Toledo que dirigía la investigación policial iniciada a raíz de la denuncia, ella accedió a quedar con el procesado con la finalidad de que el mismo pudiera ser identificado y detenido por la referida fuerza policial, siendo detenido el procesado finalmente.

El procesado se halla privado de libertad, con carácter provisional y a raíz de los hechos objeto de la presente causa, desde el 31 de octubre de 2018. En aquel momento se impuso al procesado la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a quinientos menos de la víctima así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento, en ambos casos durante la tramitación del presente procedimiento.

El Ministerio Fiscal también solicita que se prohíba al acusado comunicarse con la víctima a través de cualquier medio y la obligación de someterse a un programa e intervención en materia de educación sexual y perspectiva de género. También que se le imponga la prohibición de aproximarse a una distancia inferior a quinientos metros a la víctima así como a su domicilio, lugar de trabajo y/o estudios y cualesquiera otros lugares frecuentados por la misma durante once años; y la prohibición de comunicarse con ella por el mismo periodo de tiempo por cualquier medio.

En materia de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la víctima en la cantidad de 250 euros por los quebrantos físicos que le ocasionó y en la cantidad de 18.000 euros por la secuela de trastorno de estrés postraumático sufrido por la misma.

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