La subdelegada del Gobierno en Guadalajara, Mercedes Gómez, ha reconocido este miércoles que el índice de accidentalidad relacionado con los patinetes eléctrico en la provincia «aún no es alto». Ese aún es la clave, pues a muchos conductores sobre cuatro ruedas les inquieta sobremanera la manera de comportarse de algunos usuarios de este tipo de artilugios.
Gómez ha destacado que el año pasado solo se registraron en la provincia de Guadalajara dos accidentes con víctimas que viajaban en este tipo de vehículos. «Sin embargo, su progresiva proliferación y uso cada vez más extendido hace necesario este tipo de acciones» divulgativos, en referencia a la se va a desarrollar en próximas fechas en varias localidades.
La propia subdelegada ha resaltado el hecho de que «muchos de los usuarios (de los patinetes eléctricos) no disponen de un permiso de conducción en el que hayan adquirido conocimientos sobre cómo circular de forma segura”.
Por su parte, el jefe Provincial de Tráfico, Juan José Arriola, sostiene que «estos nuevos modelos de movilidad aportan indudables ventajas en materia de sostenibilidad, y por eso es necesario asegurar una adecuada convivencia de todos los usuarios». De hecho, pretenden «analizar las principales rutas de tránsito de estos vehículos para trabajar en su integración segura en el tráfico».
La campaña llegará a 5 municipios de Guadalajara
La Jefatura Provincial de Tráfico, en coordinación con los ayuntamientos de Guadalajara, Azuqueca de Henares, Alovera, Cabanillas del Campo y Marchamalo, ha diseñado una campaña informativa para dar a conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), los coloquialmente conocidos como patinetes, en sus desplazamientos urbanos. Sus responsables han explicado este miércoles el contenido de la iniciativa, que ha partido del Grupo de Movilidad Urbana creado por la Jefatura Provincial de Tráfico, y que empezará a ponerse en marcha a partir del jueves, 28 de abril.
Se han confeccionado carteles y marcapáginas informativos que serán distribuidos en los centros de Educación Secundaria de estos municipios, ya que la campaña está dirigida a mayores de 16 años, así como en centros de trabajo, en edificios públicos y en tiendas especializadas en venta o alquiler de este tipo de vehículos. Para ayudar a difundir la información y llegar a los usuarios finales de este medio de desplazamiento, se va a contar con la colaboración de la Delegación Provincial de Educación de la Junta de Comunidades y de la CEOE.
“El objetivo es que las personas que opten por desplazarse en este tipo de vehículos conozca de primera mano y de forma visual e intuitiva una normativa básica y los principales consejos de seguridad”, ha insistido Mercedes Gómez.
En las recientes modificaciones de la Ley de Tráfico y de los Reglamentos de Circulación y Vehículos, la DGT ha ido sentando las bases para la regulación de estos vehículos, e incluso ha elaborado un manual en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los patinetes para poder circular por las vías.
A partir de esta normativa básica, los ayuntamientos deben desarrollar su propia normativa municipal adaptada a través de la correspondiente Ordenanza de Circulación, «en la que ya se está trabajando desde el Grupo de Movilidad Urbana», para que los textos sean homogéneos. Hasta el momento, solo el Ayuntamiento de Guadalajara dispone de una ordenanza propia.
¿Qué normas deben seguir los usuarios de patinetes eléctricos?
• Los vehículos de movilidad personal, tal y como establece el Reglamento General de Vehículos son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solamente pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Esta definición excluye a los vehículos para personas con movilidad reducida.
• La DGT ha elaborado Manual de características de los vehículos de movilidad personal, un documento normativo en el que se recogen las características técnicas que deben cumplir los VMP para poder circular por las vías y la obligación de que dichos vehículos hayan sido certificados por los organismos competentes.
• No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
• Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
• Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
• En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. En cualquier caso su uso es siempre recomendable.