La Sección 1 de la Audiencia Provincial de Guadalajara ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa de las seis personas que okuparon el pueblo abandonado de Fraguas tras la sentencia que los condena a un año y seis meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio, además de obligarles a la demolición de lo levantado y a la restitución de este paraje. La defensa solicitaba, en vano, la libre absolución.
Además de desestimar los recursos interpuestos por los seis acusados, la Audiencia les impone las costas devengadas de los respectivos recursos presentados a la sentencia de junio de 2018 que los condenaba.
En la sentencia, que ocupa 20 folios, los jueces consideran que en este caso "no puede discutirse" que los enjuiciados tenían voluntad de permanecer en Fraguas, pese a lo alegado en el recurso, y que el delito contra la ordenación del territorio no ha prescrito, como pretendían los enjuiciados, pues prescribe en cinco años y no en uno.
Desmonta también la Audiencia que los montes públicos jamás puedan considerarse morada, como han alegado en su defensa los condenados, pues considera "obvio" que las edificaciones que realizaron tienen carácter permanente de ocupación, ya que "tienden a garantizar un mínimo de comodidad en la ocupación de carácter estable".
"No responde a la voluntad de estancia meramente ocasional la construcción de una casa, la instalación de una placa solar, de un baño y la acumulación de enseres como bombonas de butano, que apuntan a un uso y ocupación de carácter estable", insiste la Audiencia.
De igual modo, reitera que se trata de suelo rústico no urbanizable que impide usos o actividades que no se recojan expresamente en la normativa de aplicación, esto es, las normas subsidiarias de la provincia de Guadalajara que no permiten construcciones en la referida finca.
El Juzgado de lo Penal número 1 de Guadalajara condenaba el pasado 8 de junio a los seis jóvenes que intentaron repoblar el antiguo pueblo de Fraguas, hoy desaparecido y perteneciente el término municipal de Monasterio, a un año y seis meses de prisión por un delito contra la ordenación del territorio, y a una multa de doce meses con una cuota diaria de seis euros por usurpación, multa que en caso de no pagar será sustituida por una pena de privación de libertad de otros seis meses.
En materia de responsabilidad civil, condenaba a los acusados a abonar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el coste de la demolición de las construcciones e instalaciones, así como la retirada de residuos y restos realizados en la finca ocupada.