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24 noviembre 2024
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La Junta se prepara para extender sus ayudas por el COVID todo el 2021

En tanto se mantengan las circunstancias extraordinarias derivadas de la COVID-19, y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2021, se podrá incrementar la cuantía total máxima o estimada de las convocatorias de subvenciones.

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El Gobierno de Castilla-La Mancha, por medio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, ha decidido modificar el Decreto de 18 de marzo de este 2020 por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19, a fin de «allegar todos los recursos posibles, que permitan la concesión de ayudas para proteger el empleo y apoyar a la economía durante la crisis actual» ante la caída «acusada» del Producto Interior Bruto (PIB) que se prevé.

En su reunión del Consejo de Gobierno del 13 de octubre, «por razones de extraordinaria urgencia», aprobó modificar el artículo 8 del Decreto 9/2020, de 18 de marzo, por el que se aprueban medidas extraordinarias de carácter económico-financiero y de refuerzo de medios frente a la crisis ocasionada por el COVID-19, y añade que
«en tanto se mantengan las circunstancias extraordinarias derivadas de la COVID-19, y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2021, se podrá incrementar la cuantía total máxima o estimada de las convocatorias de subvenciones, sin sujeción a las reglas que establece el artículo 23.1 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero».

El decreto se ha publicado este lunes

Así consta en el decreto de dicha Consejería, que publica este lunes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en el que recuerda que por medio de dicho decreto la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha ha adoptado, con carácter inmediato, medidas dirigidas a poner a disposición de las autoridades sanitarias de la región todos los medios humanos y técnicos posibles, a dotar de mayor agilidad a la administración en la gestión de expedientes y contratos para la adquisición de suministros y prestación de servicios necesarios para afrontar la situación de emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como para prevenir o reducir el impacto económico negativo que la misma tiene sobre los sectores más vulnerables de la economía.

Explica el departamento que dirige Juan Alfonso Ruiz Molina que en la elaboración de la norma se tuvo presente «la importancia de mejorar la eficiencia de la gestión administrativa y de agilización de pagos», por lo que se preveía que durante el periodo de vigencia del estado de alarma, se podría incrementar la cuantía total máxima o estimada de las convocatorias de subvenciones, sin sujeción a las reglas que establece el artículo 23.1 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones aprobado por el Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

«Pero se observa una caída acusada del Producto Interior Bruto (PIB), dependiendo las tasas de crecimiento y las posibilidades de recuperación de la propia evolución de la pandemia y la eventualidad de los rebrotes y para afrontar dicha caída se estima necesario allegar todos los recursos posibles, que permitan la concesión de ayudas para proteger el empleo y apoyar a la economía durante la crisis actual, en especial a las pequeñas y medianas empresas así como la incentivación de las inversiones privadas», ha alegado.

Añade la Consejería que en este contexto, la Comisión Europea ha emitido, el 19 de marzo de 2020, una comunicación por la que se establece un Marco Temporal que permitirá autorizar con mayor flexibilidad y rapidez la concesión de ayudas estatales destinadas a respaldar la economía en el contexto del brote de COVID-19.

«La canalización de todas estas ayudas recomienda modificar el Decreto 9/2020, de 18 de marzo, para recuperar la medida destinada a incrementar la cuantía total máxima o estimada de las convocatorias de subvenciones, sin sujeción a las reglas que establece el artículo 23.1 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, que permitan en la gestión de los expedientes de subvenciones reducir el impacto económico negativo mientras duren los efectos de la situación excepcional ocasionada por la COVID-19», ha defendido.

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