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26 noviembre 2024
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Junta reduce la protección de los 43 municipios de la Sierra Norte para que puedan promover un desarrollo sostenible

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GUADALAJARA, 1 (EUROPA PRESS)

La Consejería de Desarrollo Sostenible ha modificado el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra Norte de Guadalajara para que los 43 municipios que lo integran, y cuyos entornos están generalmente antropizados y carecen de recursos naturales de conservación prioritaria, puedan promover un desarrollo sostenible, sin afectar a los valores ambientales del Parque Natural. Para ello, pasarán a ser Zonas Periféricas de Protección del Parque Natural.

Así consta en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, cuya edición de este lunes publica un acuerdo del Consejo de Gobierno, en el que se explica que en el momento de la delimitación del Parque Natural se optó, a diferencia del criterio seguido en el resto de los Parques Naturales declarados en Castilla-La Mancha, por ajustar los límites del Parque Natural a los de los núcleos urbanos enclavados total o parcialmente en el mismo, y se les concedió ese nivel de protección.

Se trataría de los municipios de El Cardoso de la Sierra, Cantalojas, Galve de Sorbe, Condemios de Arriba, Condemios de Abajo, Albendiego, Ujados, Miedes de Atienza, La Miñosa, Prádena de Atienza, Atienza, Robledo de Corpes, Gascueña de Bornova, Hiendelaencina, Villares de Jadraque, Bustares y Pedanía La Nava de Jadraque.

Conforman también el Parque Las Navas de Jadraque, El Ordial, Arroyo de las Fraguas, La Huerce, Monasterio, Zarzuela de Jadraque, La Toba, Semillas, Tamajón, Arbancón, Cogolludo, Retiendas, Valdesotos, Tortuero, Puebla de Valles, Valdepeñas de la Sierra, Valverde de los Arroyos, Majaelrayo y Campillo de Ranas.

DESARROLLO SOSTENIBLE

Dice el Gobierno regional que, a lo largo de los años transcurridos desde la declaración del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara en marzo de 2011, se ha podido comprobar que el hecho de dotar al entorno de los núcleos urbanos, generalmente antropizado y carente de recursos naturales de conservación prioritaria, del mismo nivel de protección asignado al resto del territorio del Parque Natural, «puede entrar en conflicto con el desarrollo de iniciativas y actividades que promuevan el desarrollo sostenible de estos pueblos, sin afección a los valores ambientales del Parque Natural».

Por ello, han alegado desde la Consejería de Desarrollo Sostenible, se ha considerado la conveniencia de modificar el régimen de protección de determinadas zonas colindantes a los núcleos urbanos, sin recursos naturales a conservar ni proteger, al tratarse generalmente de zonas de antiguas eras, cultivos abandonados, huertos, o terrenos con construcciones agropecuarias, pasando a tener la consideración de Zonas Periféricas de Protección.

Estas zonas, cuyo objetivo es amortiguar la incidencia de impactos externos negativos sobre el espacio protegido, se delimitan tanto en las zonas colindantes externas al espacio, como en las zonas fuertemente antropizadas en el entorno de cascos urbanos y zonas con infraestructuras agropecuarias o usos industriales, como canteras o polígonos industriales.

Con ello se gradúa el esfuerzo de la protección, ajustando así la regulación de usos y actividades al valor ambiental real de la zona de la que se trate.

ZONAS PERIFÉRICAS

«Por todo ello, se ha considerado que estas zonas periurbanas que no reúnen las características señaladas por el artículo 41 de la Ley de Conservación de la Naturaleza de 1999 pasen a tener la consideración de Zonas Periféricas de Protección del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara».

De este modo, cada casco urbano contará con una Zona Periférica de Protección destinada a prevenir y evitar la incidencia de impactos externos sobre el Parque Natural, y que también permita regular la intensidad de la regulación de usos acorde con el valor ambiental de la zonificación.

Esta zona también permitiría el desarrollo rural sostenible de estos municipios, aunque seguirían siendo parte del Espacio Natural Protegido y estarían reguladas sus actividades para evitar impactos negativos.

RESERVA FLUVIAL RÍO PELAGALLINAS

En el caso de la Reserva Fluvial río Pelagallinas, con una superficie de 363 hectáreas y declarada en los términos municipales de Albendiego, Condemios de Arriba, Condemios de Abajo, Gascueña de Bornova y Prádena de Atienza, está íntegramente enclavada en el territorio del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara, y se considera que por optimización de la gestión y por los elevados valores naturales que alberga, sería conveniente su inclusión íntegra en el Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara.

Respecto al capítulo 5 del PORN, Régimen general de los usos y actividades, existen algunos aspectos que, para favorecer la gestión y mejorar la conservación del espacio, es necesario matizar, como la regulación de obras hidráulicas que puedan ser necesarias en el futuro, teniendo en consideración el contexto de cambio climático y armonizando la regulación sobre este aspecto establecida en otros Parques Naturales de la región.

Por otro lado, la necesidad de modificar la regulación de determinadas actividades que son precisas para la adecuada gestión del espacio natural protegido, en la Zona de protección especial del parque natural (Pico del Lobo-Hayedo de Tejera Negra).

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