Las obras de construcción y de edificación del Meta Data Center Campus en Talavera de la Reina, promovido por la multinacional propietaria de Facebook, se desarrollarán en un plazo máximo de diez años desde su inicio.
Así consta en el acuerdo del Consejo de Gobierno, del pasado 14 de octubre, que publica en su edición de este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Singular Interés.
El inicio de las obras se producirá tras la finalización de todos los procesos administrativos y la obtención de las aprobaciones necesarias por parte de la Administración.
El promotor iniciará las obras en el plazo máximo de doce meses desde que sea legalmente posible, es decir, una vez aprobado definitivamente el presente PSI, que se haya aprobado el Proyecto de Reparcelación, se hayan autorizado los proyectos técnicos necesarios, ejecutada la compraventa de los terrenos y tramitados los procesos expropiatorios necesarios.
Ese plazo máximo de doce meses comenzará a computar, por tanto, a partir de que Zarza Networks S.L., como entidad promotora responsable de la ejecución del PSI, pueda disponer de la superficie de suelo afectado y se hayan obtenido las autorizaciones de los proyectos técnicos.
El promotor se reserva el derecho a comenzar las obras del PSI de manera parcial según se vaya disponiendo de los terrenos sin esperar a la obtención de la totalidad, y según se vayan obteniendo las autorizaciones de los diferentes subproyectos en los que finalmente se divida este PSI en fase de proyecto constructivo.
Aunque se prevé la gestión privada a cargo del promotor del PSI, la sociedad Zarza Networks S.L., tanto la construcción de la planta solar fotovoltaica al norte de los Data Center, como la red troncal de conexión exterior de fibra, podrán ser ejecutadas por un tercero, en nombre del promotor y bajo su responsabilidad.
El suelo interior del ámbito en que se va a desarrollar la actuación se adquirirá por compraventa de los terrenos de propiedad originalmente de Sepes.
Para los suelos situados fuera del ámbito afectados por las conexiones exteriores, si no fuera posible obtener el suelo mediante compraventa, estos se obtendrían por expropiación, conforme a la previsión del artículo 42.1.e TRLOTAU.
En este supuesto la empresa promotora asumirá el pago del justiprecio y las demasías que pudieran resultar de posibles resoluciones administrativas (Jurado Regional de Valoraciones) o judiciales, como consecuencia de recursos, respecto del que se hubiera fijado por el órgano competente en materia de expropiaciones.
Con posterioridad a la adquisición del suelo se tramitará el Proyecto de Reparcelación, que integra la tramitación de la modificación del trazado de las vías pecuarias en tramo urbano denominadas ‘Cordel de Merinas’ y ‘Colada del Camino Real’, al haber resultado afectado su trazado como consecuencia de la nueva ordenación del PSI.
VIGENCIA
El Proyecto de Singular Interés tendrá vigencia indefinida, pudiendo ser modificado o revisado cuando resulte necesario. Cualquier modificación o alteración del contenido del PSI, así como la subsanación de posibles errores, omisiones o deficiencias que requieran la adaptación de las instalaciones, obras o edificaciones previstas habrán de ser comunicadas para su aprobación por la Consejería de Fomento.
Las modificaciones no podrán suponer una vulneración de las prescripciones contenidas en la Declaración de Impacto Ambiental o el Informe Ambiental Estratégico ni podrán contravenir otras autorizaciones emitidas por las Administraciones u órganos competentes en las distintas materias.
Tampoco podrán suponer un aumento de la edificabilidad total máxima (m2c) ni de la ocupación máxima (m2s) recogidas en las determinaciones del PSI.
La autorización deberá ser solicitada por el promotor de manera motivada. A requerimiento de la Consejería competente, las modificaciones realizadas deberán reflejarse en un documento de refundición y depositarse en la misma.