El real decreto-ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19 ha entrado en vigor hoy, miércoles, y las medidas que contiene, que prevén la movilización de hasta 200.000 millones de euros, mantendrán su vigencia durante el plazo de un mes, sin perjuicio de que el Gobierno pueda prorrogar la norma en función del Estado de alarma.
Así se establece en el real decreto-ley publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que establece su entrada en vigor desde hoy miso, y fija que las medidas previstas en la norma mantendrán su vigencia durante el plazo de un mes desde su entrada en vigor, sin perjuicio de que, previa evaluación de la situación, se pueda prorrogar su duración por el Gobierno mediante real decreto-ley.
No obstante, matiza que aquellas medidas previstas en este real decreto-ley que tienen plazo determinado de duración se sujetarán al mismo. Fuentes del Gobierno han explicado que la posible prórroga de la norma y sus medidas dependerá de la duración del Estado de alarma, decretado desde el pasado sábado para un periodo de 15 días, si bien el Ejecutivo ya ha admitido que previsiblemente se extenderá más días.
El objetivo es configurar un «escudo» para atender la emergencia sanitaria y «no dejar a nadie atrás», en una nueva fase de contención reforzada para evitar el cierre de empresas y el despido de trabajadores.
El Ejecutivo asume que la caída de la actividad económica como consecuencia del Covid-19 producirá una caída de los ingresos de las administraciones públicas, que por ahora no está en condiciones de calibrar, aunque irá monitorizando el déficit. En todo caso, no contempla aprobar durante el estado de alarma las subidas de impuestos y la creación de nuevos tributos.
AVALES DE 100.000 MILLONES DE EUROS
En detalle, se ha aprobado la creación de una línea de avales y garantías públicas por un valor de hasta 100.000 millones de euros, lo que según Sánchez permitirá garantizar hasta 200.000 millones de euros (117.000 millones del sector público y 83.000 millones del sector privado). El Estado será el garante de las operaciones.
Además, se aprueban líneas de avales adicionales de 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras con mecanismos ágiles, favoreciendo especialmente a las pequeñas y medianas empresas.
Por otro lado, se establece un régimen específico de suspensión de contratos públicos, con ampliación de plazos y compensación de salarios, con el fin de evitar la resolución de los contratos y la consecuente pérdida de empleo.
Para apoyar el sistema productivo y empresarial, el Gobierno también reforma la normativa sobre inversiones exteriores, para impedir que empresas de países de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de entidades españolas en sectores estratégicos, no pudiendo adquirir más del 10% del capital social, aprovechando la caída coyuntural del valor de sus acciones en esta situación de crisis económica.
A su vez, se amplía el plazo para que las empresas cotizadas celebren este año sus juntas generales ordinarias de accionistas, que será de diez meses (hasta octubre), en vez de los seis meses establecidos legalmente.
EMPLEO: FLEXIBILIZACIÓN DE ERTES, TELETRABAJO Y CUOTAS
El segundo bloque de medidas refuerza la protección al empleo, para lo que el Gobierno ha acordado que los trabajadores asalariados puedan adaptar o reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, para hacer frente a las necesidades de conciliación y cuidado.
Asimismo, se establece el teletrabajo como medida de flexibilidad principal, cuando las circunstancias lo permitan. En este punto se destinan 250 millones a través de una línea del ICO del programa ‘Acelera pyme’ para la digitalización y aplicación de soluciones de teletrabajo.
También se promoverán los ajustes temporales de plantilla a través de la flexibilización de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo, que los causados por la crisis serán considerados de fuerza mayor y los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan el requisito de cotización previa exigido. El cobro de esa prestación no les computará a efectos del cobro posterior de la prestación por desempleo.
En caso de ERTEs, se exonerará al empresario de la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social. Será del 75% para las empresas que a 29 de febrero de este año tuvieran más de 50 trabajadores en alta en la Seguridad Social, mientras que para las que a esa misma fecha tuvieran menos de 50 trabajadores, la exoneración de pagar la cotización empresarial alcanzará el 100%. No tendrá en cambio efectos para el trabajador.
Para el colectivo de autónomos se flexibiliza el acceso al cese de actividad para que puedan cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica.
Desde Moncloa han explicado que a corto plazo asumirá el gasto derivado de estas medidas el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE), dependiente de la Seguridad Social y, por tanto con cargo a los Presupuestos, si bien se trabaja ya en la creación de un fondo para contar con un instrumento más estructural que pueda a ser de utilidad incluso de cara al futuro.
En paralelo, las empresas insolventes están eximidas de la obligación de declararse en concurso de acreedores.
MORATORIA DE HIPOTECAS Y PROHIBICIÓN DE CORTES DE SUMINISTROS
El bloque de medidas destinadas las personas mayores, las dependientes y a las familias vulnerables destina 600 millones de euros a la financiación de prestaciones básicas de los correspondientes servicios sociales de las comunidades autónomas y entes locales, con especial atención a la asistencia domiciliaria a personas mayores y dependientes.
Además, se amplía la protección a los suministros de energía y de agua, garantizando los servicios públicos esenciales, y se garantizan los servicios de telecomunicaciones a familias vulnerables.
Igualmente, se establece una moratoria en el pago de las cuotas de las hipotecas para los deudores hipotecarios bajo determinados supuestos de especial vulnerabilidad que vean reducirse sus ingresos, pudiendo solicitarla desde este jueves y hasta el próximo 3 de mayo, en tanto que las entidades acreedoras dispondrán de hasta 15 días desde la entrega de solicitud para su implementación.
También se suspende la portabilidad de numeración fija y móvil durante el Estado de alarma decretado, con el propósito de evitar los desplazamientos físicos a tiendas y las visitas de técnicos a domicilios y empresas.
Además, fuentes del Ejecutivo han señalado que se estudiarán las necesidades de recursos con las entidades locales y no descarta aprobar más adelante una prestación económica para ayudar a los padres que tengan que quedarse en casa, sin posibilidad de teletrabajar o reducir jornada, por el cierre de colegios por el coronavirus, anunciada la semana pasada por el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá.
El real decreto-ley también destina 30 millones a la partida de investigación para dotar al Consejo Superior de Investigaciones Científicas y al Instituto de Salud Carlos III de los recursos precisos para hacer frente a esta emergencia sanitaria.
Por último, se prorroga durante un año la validez de los Documentos Nacionales de Identidad que caduquen desde la entrada en vigor del Estado de alarma.