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19 noviembre 2024
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En 25 pueblos de Guadalajara, los conejos lo tienen mal: ¿sabes cuáles?

Bajo el amparo de esta norma no se puede cazar conejos en todo el término municipal, sólo en zonas concretas donde hay daños y sobrepoblación.

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Este jueves se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) la prórroga de la declaración de Comarca de Emergencia Cinegética Temporal por daños del conejo de monte en Castilla-La Mancha. La medida intenta disminuir los daños a los cultivos agrícolas en 295 municipios de la región hasta el 8 febrero de 2022. Pese a todos los intentos, el panorama sigue siendo similar al de hace años, con medidas semejantes.

Bajo el amparo de esta norma no se puede cazar conejos en todo el término municipal, sólo en zonas concretas donde hay daños y sobrepoblación. Es obligatorio comunicar a la Administración la zona donde se va a controlar los conejos y que exclusivamente está permitida esta actuación en cultivos afectados por daños por este animal bajo los métodos de captura condicionados a los distintos periodos contempladas en esta declaración.

En lo tocante a la provincia de Guadalajara, las condiciones especiales se aplican a los términos municipales de Albares, Almoguera, Alovera, Azuqueca de Henares, Cabanillas del Campo, Chiloeches, Driebes, Fontanar, Guadalajara capital, Horche, Illana (incluido el despoblado de Aldovera), Marchamalo, Mazuecos, Mohernando, Mondéjar, Pozo de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Quer, Torrejón del Rey, Tórtola de Henares, Valdeaveruelo, Villanueva de la Torre, Yebes, Yebra y Yunquera de Henares.

Adaptado al COVID

Mientras se mantenga el estado de alarma debido a la pandemia de la COVID-19, las condiciones establecidas en las que debe realizar este control son un máximo de cuatro personas, el mantenimiento de la distancia de al menos un metro y medio entre personas, la tenencia del justificante para cazadores de fuera de la región de asistencia a jornada de caza para control de sobreabundancia de especies cinegéticas y extremar la higiene personal y de los equipos de trabajo y transporte, con el correcto uso de los Equipos de Protección Individual siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias y el cumplimiento del Protocolo COVID-19 durante la actividad cinegética, entre las más destacadas.

Los conejos podrán ser cazados durante el estado de alarma, aunque con condiciones.
Los conejos son bien conocidos por su capacidad para reproducirse si no tienen depredadores naturales que controlen las poblaciones.

¿Qué métodos de caza se permiten?

Los métodos de captura que podrán aplicarse son:

• En terrenos cinegéticos:

– Captura mediante hurón y capillo o redes, sin perro, hasta el 8 de febrero de 2022.
– Captura mediante hurón y escopeta, exclusivamente durante los siguientes periodos:

Desde la fecha de publicación al 30 de abril 2021, sin perro, en zonas de alta concentración de madrigueras.

Del 1 de junio al 15 de agosto de 2021. Autorizado el uso de perros a partir del 1 de agosto.

Durante el periodo hábil de caza del conejo, autorizándose el uso de perros.

– Captura con escopeta, del 1 de junio al 15 de agosto de 2021, autorizándose el uso de perros a partir del 1 de agosto.

– El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.

2.- En terrenos no cinegéticos (zonas de seguridad viarias o dominio público hidráulico):

– Captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 8 de febrero de 2022.
– El número de cazadores por grupo será como máximo de cuatro.

Daños por falta de depredadores

Desde la Junta se sostiene que existen evidencias significativas de daños en cultivos agrícolas asociados a ubicaciones concretas donde las poblaciones de conejo encuentran condiciones favorables para su reproducción hasta niveles muy elevados en ausencia de depredadores y de una presión cinegética insuficiente (cauces secos de arroyos, lagunas desecadas, terraplenes de carreteras y líneas férreas).

Unos daños que llegan a ser importantes en cultivos leñosos en ausencia de prácticas agroambientales, como coberturas vegetales bajo arbolado o linderos con la que los conejos encontrarían alimentación suficiente para disuadir el daño a la viñedos, olivares, pistacho o almendros.

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