Para muchos, fue una molestia. Para otros, una noticia impactante. El pasado miércoles, la A-2 se colapsaba a la altura de Guadalajara por el tremendo accidente de una camión, que dejaba la calzada llena de bloques de hormigón. Los dos ocupantes de un turismo salvaron sus vidas casi de milagro, tras verse implicados en el errático recorrido del tráiler. Lo que nadie imaginaba es que detrás de la identidad del conductor del camión se esconde una historia propia de la crónica negra española.
Han sido los compañeros de La Tribuna de Ciudad Real quienes han alertado de que tras las iniciales C. A. O. se oculta la identidad de un hombre, todavía joven, vecino de la localidad de Torrenueva y condenado a casi 20 años de prisión como responsable de la muerte de su padre. Otras fuentes consultadas por LA CRÓNICA también lo han corroborado. Ahora, tras el accidente, esta persona, de 34 años ha quedado en libertad con cargos.
Según detalla la información de La Tribuna de Ciudad Real, el camionero fue contratado hace unos días por la empresa de transporte para la que estaba realizando un servicio en Guadalajara… hasta que se produjo el accidente.
Las últimas noticias que se habían tenido de él en fecha reciente se remontan al pasado mes de diciembre, cuando el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha desestimó el recurso impuesto por su defensa contra la sentencia de la Audiencia que le condenaba a casi dos décadas de prisión por el atropello intencionado de su padre en Torrenueva.
C.A.O., según lo establecido en sala, se valió de su coche para embestir y arremeter contra su padre, con intención de matarlo, cuando caminaba de madrugada por la calle Ranas de Torrenueva tras una acalorada discusión por motivos familiares.
En 2019, la sección segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real condenaba a casi 20 años de prisión a C.A.O por matar a su padre tras atropellarle en el citado pueblo de Ciudad Real en marzo de 2017. Se le consideró responsable de un delito de asesinato, concurriendo la agravante de parentesco y la atenuante de embriaguez y drogadicción.
Un delito por el que se le impuso la pena de 19 años a las que se sumaba además un delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas y tóxicos –4 meses y quince días– y otro de negativa de realizarse las pruebas para determinar si había consumido dichas sustancias con la atenuante de encontrarse bajo el efecto de estas cuando se produjo la negativa –siete meses–.
Además se estableció que debía indemnizar a su hermana –hija de la víctima– con 20.237 euros, y, a cada una de las hermanas del fallecido y tías del acusado con 15.147 euros.
La magistrada presidente coincidió con el veredicto del jurado popular y estimó probados los hechos ocurridos dos años antes del juicio, cuando en la madrugada del 12 de marzo de 2017 la víctima se acercó a su padre en el pub en el que estaban y se enzarzaron en una «acalorada discusión verbal» hasta que el joven cogió una banqueta de hierro «con evidente intención de golpear con ella en la cabeza a su padre», aunque lo impidieron un camarero y otro cliente, tras lo que la víctima abandonó el local.
Sin embargo, pasaron unos minutos cuando, según continua la sentencia, el acusado le dijo a otro cliente «que su padre se iba a enterar»; salió del pub, cogió el coche circulando a gran velocidad y gritando «maricón» e «hijo de puta» hasta que entró en la calle Ranas de la localidad, por donde iba la víctima, y, «mostrando el más absoluto desprecio hacia la vida de aquel» y «guiado en su ánimo por el propósito de acabar con su vida y siendo consciente de su nula capacidad de defensa» lo atropelló y lo dejó «tendido en un gran charco de sangre en el suelo».
Paró el coche unos 500 metros más allá, regresó al pub, les gritó a los que estaban que había atropellado a su padre pero se fue a su casa, pasando por donde estaba tendida la víctima sin acercarse «ni demostrar el más mínimo gesto de preocupación» y se metió en su casa, donde lo detuvieron después de que algunos vecinos atendieran a su padre que, tras ser reanimado, fue trasladado al Hospital General de Ciudad Real, donde falleció el 8 de abril de 2017.
El acusado fue trasladado a las dependencias de la Guardia Civil, donde apreciaron claros signos externos de que se hallaba bajo la influencia del alcohol y se le dijo que tenía que someterse a las pruebas de alcohol y drogas, pero se negó en reiteradas ocasiones. Seis horas después de los hechos se hizo dichas pruebas, en las que dio positivo en cocaína y alcohol. La magistrada consideró en la sentencia que concurrían «todos y cada uno de los elementos precisos para la existencia del delito de asesinato, por la concurrencia de la circunstancia cualificadora de alevosía».
Ocho veces más alcohol del permitido en el accidente de Guadalajara
La patrulla del Subsector del Tráfico de la Guardia Civil de Guadalajara que acudió al lugar del accidente ocurrido cerca de la capital alcarreña sometió al conductor del camión a las pruebas reglamentarias de alcoholemia. Arrojaron un resultado positivo de 1,31 y 1,22 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Esa cifra supera en más de 8 veces la tasa permitida para la conducción de este tipo de vehículos, que es de 0,15 mg/l.
Igualmente, los agentes pudieron comprobar, tanto por las las investigaciones practicadas como por declaraciones de otros usuarios de la autovía, que el vehículo articulado circulaba en ziz-zag con anterioridad al accidente.