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22 noviembre 2024
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Los entierros tienen nuevas medidas, aún más duras

Castilla-La Mancha ha endurecido desde este sábado aún más todo lo que rodea a la despedida de los fallecidos por coronavirus. Se han suspendido los velatorios y se restringen las comitivas fúnebres en los cementerios a un máximo de ocho personas, que deberán guardar 1,5 metros de separación.

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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica en su edición de este sábado una Resolución de la Consejería de Sanidad sobre medidas extraordinarias a adoptar para prevenir el contagio por la COVID-19 con respecto al manejo de cadáveres y enterramientos por la cual se suspenden los velatorios de cadáveres tanto en instalaciones públicas como privadas.

En virtud de esta Resolución, quedan restringidas las comitivas a los cementerios para enterramiento o despedida de cremación a aquellas personas más próximas al difunto, hasta un máximo de ocho, guardando entre las mismas una distancia de 1,5 metros.

Igualmente, las ceremonias de culto fúnebre tanto civiles como religiosas se pospondrán hasta el cese del estado de alarma.

Las nuevas medidas llegan al extremo de impedir la extracción de marcapasos. Tampoco habrá que esperar a las 24 horas hasta ahora preceptivas para el entierro, que podrá realizarse en cuanto se cuente con la documentación preceptiva, incluido el certificado médico.

Tratamiento del cadáver

En este sentido, los cadáveres de fallecidos por coronavirus o con alta sospecha de haber muerto por esa causa, serán introducidos en una bolsa sanitaria estanca o doble sudario de plástico en la misma habitación de aislamiento o estancia en que se haya producido el deceso.

Se cerrará la bolsa y se procederá a pulverizar su superficie externa con desinfectante de uso hospitalario. Una vez realizada la acción anterior, se podrá sacar el cadáver de la habitación o estancia sin riesgo, y se introducirá en un féretro común u ordinario.

Las funerarias, los centros hospitalarios y las residencias sociosanitarias de personas mayores dispondrán de bolsas sanitarias estancas o sudarios de plástico en cantidad suficiente para permitir la evacuación de cadáveres con rapidez.

Traslados dentro de Castilla-La Mancha

Los velatorios y tanatorios, en su función de depósito de cadáveres, podrán acoger el número máximo de éstos que les permita su capacidad y dimensiones, con independencia del número de salas de vela de que dispongan.

En el ámbito territorial de Castilla-La Mancha se podrá dar traslado a estos cadáveres desde el lugar del fallecimiento a la localidad elegida para el enterramiento o incineración, sin la autorización sanitaria previa.

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