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25 noviembre 2024
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C-LM regula turismo activo y ecoturismo 59 actividades contempladas y nuevas obligaciones para las empresas

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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado el decreto de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo por el que se regula el turismo activo y el ecoturismo en toda la Comunidad Autónoma, con más de medio centenar de actividades contempladas.

Según el decreto, consultado por Europa Press, son un total de 49 actividades las contempladas en el apartado de turismo activo, y una decena más consideradas como ecoturismo.

En concreto, se considera turismo activo la práctica de ala delta, alpinismo, barranquismo, bodyboard, buceo, busbob, cicloturismo, rafting, donutski, escalada, espeleología, esquí acuático, esquí de fondo, esquí de montaña, hidrobob, hidropedales, hidrospeed, kitesurf, multiactividad, orientación, montañismo, paintball, parapente, paravelismo y piragüismo.

Comopletan la lista rápel, remo, paseo equino, paseo a pie, paseo en barco, paseo en trineo, rutas en quad, bungee, senderismo, ski bus, snowboard, supervivencia, tres modalidades de surf, team building, tiro con arco, vela, tirolina, vuelo con motor, vuelo en globo, vuelo sin motor, wakeboard y vía ferrata.

La decena de actividades de ecoturismo son observación de ecosistemas, observación de aves, observación astronómica, observación de atractivos naturales especiales, senderismo interpretativo, senderismo etnográfico, senderismo fotográfico, senderismo transhumante, talleres de naturaleza y visitas a cuevas.

TIPOS DE EMPRESAS

Se consideran empresas de turismo activo aquellas que realizan, bajo el más estricto respeto al medio rural y al medio ambiente, actividades turístico-deportivas y de ocio que se practiquen sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza en el medio que se desarrollan, sea éste aéreo, terrestre de superficie, subterráneo, acuático o subacuático y a las que son inherentes cierto nivel de riesgo y grado de destreza y condiciones psicofísicas para su práctica.

También será considerada como actividad de turismo activo el mero alquiler de material para su práctica.

De su lado, empresas de ecoturismo son las que realizan las diversas actividades turísticas especialmente en los Parques Nacionales, los Parques Naturales, las Reservas de la Biosfera y los Geoparques, con la finalidad de conocer, interpretar y contribuir a la conservación del territorio, del patrimonio etnográfico rural y natural, a la educación ambiental, y a la observación de especies de flora y fauna, sin generar impactos sobre el medio y repercutiendo positivamente en la población local.

Las empresas de turismo activo y de ecoturismo deberán cumplir, además de la normativa en materia de medio ambiente, la relacionada con la ordenación urbanística, construcción y edificación, accesibilidad universal, instalación y funcionamiento de maquinaria, insonorización, sanidad e higiene, consumo, seguridad, registro de viajeros, prevención de incendios, habitabilidad, fiscal y mercantil, sobre protección de datos, protección de menores y prevención de riesgos laborales y cualesquiera otras de aplicación.

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