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22 noviembre 2024
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231 autónomos de Guadalajara han sabido pedir ayuda a la Diputación

Esta línea de ayudas se dirigía a trabajadores autónomos de industrias del pan, comercios al por menor de todo tipo de productos alimenticios y bebidas, farmacias, comercio de combustibles, carburantes y lubricantes, bares y cafeterías, peluquerías y salones de belleza y comercios que realizan su actividad fuera de un establecimiento permanente.

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La Junta de Gobierno de la Diputación de Guadalajara ha aprobado la concesión de casi 200.000 euros de subvenciones a autónomos de la provincia.

Estas ayudas, dirigidas a trabajadores autónomos para contribuir al pago de las cuotas establecidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante el año 2020, se distribuyen entre 231 beneficiarios. Todos ellos tienen en común ser titulares de negocios comerciales en pueblos de la provincia de Guadalajara con menos de 500 habitantes.

Esta línea de ayudas se dirigía a trabajadores autónomos de industrias del pan, comercios al por menor de todo tipo de productos alimenticios y bebidas, farmacias, comercio de combustibles, carburantes y lubricantes, bares y cafeterías, peluquerías y salones de belleza y comercios que realizan su actividad fuera de un establecimiento permanente.

¿Cómo se han calculado estas ayudas?

Las bases de esta subvención establecían que se trata de una ayuda económica que contribuya a sufragar la cuota establecida dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con el límite cuantitativo de la consignación presupuestaria fijada por la Excma. Diputación Provincial. Para el cálculo de la subvención se tendrá en cuenta el periodo comprendido entre los meses de enero a junio 2020. Si el solicitante no ha estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante todo el periodo de tiempo, se le abonará la parte proporcional. En cualquier caso, la ayuda no podrá exceder de lo efectivamente pagado y justificado.

En la base séptima, relativa al procedimiento de concesión, se determinaba que la concesión se haría «en régimen de concurrencia competitiva, efectuándose prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo destinado a las subvenciones, de conformidad con el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El crédito presupuestario se dividirá entre el número de solicitudes recibidas, en función de los meses en los que el autónomo ha estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, durante el periodo de tiempo comprendido entre los meses de enero a junio de 2020, según los siguientes criterios de valoración:

a) Si el solicitante presenta únicamente el pago de la cuota de autónomo de un mes: 1 punto.
b) Si presenta el abono de dos meses: 2 puntos.
c) Si presenta el abono de tres meses: 3 puntos.
d) Si presenta el abono de cuatro meses: 4 puntos.
e) Si presenta el abono de cinco meses: 5 puntos.
f) Si presenta el abono de seis meses: 6 puntos.

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