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La Crónica de Guadalajara | Sucesos
El motorista cazado a 211km/h alega que es una “chorrada” considerar eso un delito
Diligencia de Requerimiento del Juzgado de Guadalajara
Diligencia de Requerimiento del Juzgado de Guadalajara
Redacción
10/11/2008
En declaraciones en exclusiva a LA CRÓNICA DE GUADALAJARA, opina que fue "un pringao al que le pillaron corriendo".

El pasado 27 de octubre la Subdelegación del Gobierno en Guadalajara informaba, a través de nota de prensa, que componentes del Subsector de Tráfico de la Comandancia de Guadalajara habían detenido a J.G.D., de 28 años por un delito contra la seguridad del Tráfico.

Según el comunicado, el detenido fue interceptado a las 16’24 horas del pasado día 24 de octubre a la altura del Km.48,1 de la carretera R-2 (término municipal de Cabanillas del Campo) cuando conducía una motocicleta a 211 kilómetros por hora en un tramo limitado a 120 Km./h.

Detrás de estas frías siglas se esconde un motorista madrileño que habló sobre el caso con LA CRÓNICA DE GUADALAJARA poco antes de entregar el carné en los Juzgados de Guadalajara el pasado viernes. El sancionado considera una “chorrada” instruir por vía penal los excesos de velocidad: “No creo que sea algo tan grave para que lo consideren como un delito contra el resto de la humanidad. Porque lo criminalizan quizás demasiado”,asegura.

Este motorista opina que debería aplicarse una legislación diferente en función de la carretera que se trate, ya que, a su juicio, “no es lo mismo ir a 100 por cualquier autovía de Guadalajara, que ir a 200 por una autovía como la R-2”.

Según recuerda este motorista, el día que fue cazado se dirigía a Sigüenza “con la hora pegada” y aunque asegura que sí iba deprisa, argumenta que “fue la tontería de ir a adelantar y justo en ese momento fui cazado cuando alcazaba la velocidad punta, porque fui un pringao”. En su favor, señala que “lógicamente no te haces un Madrid- Sigüenza a 200 por hora, aunque se podía hacer, pero el gasto físico y mental no lo aguantas”, aclara.

Con respecto al importe total de la multa, el sancionado afirma haberse dado “con un canto en los dientes”, porque asegura que le sancionaron con el importe mínimo que fija Tráfico. El juzgado de Guadalajara ha impuesto una multa de 720 euros a este conductor y un año de retirada del carné de conducir; el importe económico podrá hacerlo efectivo en cuatro plazos de 180 euros. 

Con respecto a las consecuencias que traerá aparejada la sanción, el multado opina que en su caso concreto no serán tan importantes, “ya que afortunadamente vivo cerca del trabajo”, confirma.

Este motorista abre el debate de si realmente son efectivas las medidas adoptadas por Tráfico para reducir la siniestralidad en carretera o son meramente recaudatorias. Él, por de pronto, lo tiene claro: “La Guardia Civil sabe dónde ponerse para coger el mayor porcentaje de vehículos que van muy deprisa, porque cuanto más deprisa vayas más pasta te sacan. Esto es proporcional”, sentencia.

En el caso concreto de la R-2, el sancionado asegura que el día que “cometí mi error”, había una prueba del Gran Premio de Motociclismo en Cheste, Valencia, con lo que mucha gente de Madrid atraviesa la R-2 para llegar hasta allí, “por lo que estaban allí esperando que pasen motos para multarlos. Otro viernes normal no están”, apunta.

El sancionado, carga contra el sistema que permite que puedan venderse motos que superan ampliamente los límites de velocidad permitidos: “Quizás a la gente profana le parece una locura ir a 200, pero tú a cualquier motorista le dices que si ha puesto la moto a esa velocidad alguna vez y te dice que sí y es que el Estado te cobra tu impuesto de circulación a raíz de los caballos que tengas”, apostilla.

Ante la pregunta (formulada por él mismo) de sí es más peligroso ir borracho que ir deprisa, el sancionado lo tiene claro: “Yo considero que en cualquier situación es más peligroso ir borracho, en cualquier situación, ya sea en una ciudad, en una autopista”, señala.

Por último, J.G.D  afirma que “debería ser Tráfico los que se encargarán de estos trámites y no colapsar los juzgados con casos de estos”, aunque reconoce que los agentes de la Guardia Civil que le pararon fueron muy amables: “Les dije que la había cagado y ellos vieron que era un tío normal que no he matado a nadie y que me gusta correr como le puede gustar a cualquiera”, confirma.

Sobrepasar el límite de velocidad en exceso es delito
La reforma del Código Penal incluyó en los primeros días del mes de enero la tipificación como delito el exceso de velocidad, siempre que sobrepase en más de 80 kilómetros el límite previsto en vías interurbanas y en más de 60 kilómetros en vías urbanas. De esta manera, el conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en carretera o a más de 110 kilómetros por hora en vía urbana podrán ser castigados con cárcel entre tres y seis meses, o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Para los que no sean reincidentes esta pena no será automática, pero sí reflejará en sus antecedentes, además de la responsabilidad civil. La reforma del Código Penal también introduce una disposición que obliga de manera expresa a todas las administraciones públicas a una revisión de la señalización vial y a una mejor adecuación de los límites de velocidad.

También se tipificó  en qué supuestos debe considerarse que la tasa de alcohol debe ser considerada, en todo caso, como delictiva y se fija en 1,2 gramos. Asimismo, la reforma incluye a aquellas personas que siguen conduciendo a pesar de haber perdido todos los puntos de su carné y a aquellos que conducen cuando nunca han obtenido un permiso que les habilite para ello.

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